Introducidos en el Código Penal en la reforma de 2010, los delitos de organización o grupo criminal constituyen uno de los instrumentos más importantes de que dispone el ordenamiento jurídico para hacer frente a la delincuencia organizada. Siguiendo las pautas establecidas en la normativa internacional y europea los arts. 570 bis y siguientes ofrecen un concepto de organización y grupo criminal que pretende abarcar tanto las agrupaciones de pocos miembros como las grandes estructuras criminales de carácter transnacional, castigando las conductas de constitución o promoción, dirección, pertenencia y favorecimiento. Ahora bien, el mantenimiento de los delitos de asociación ilícita, que cubren un ámbito de la delincuencia similar a los de organización o grupo criminal, las dificultades existentes a la hora de delimitar los criterios que separan el crimen organizado de la delincuencia empresarial y la tendencia a la consolidación de una legislación de emergencia con medidas cada vez más incisivas contra el terrorismo y la delincuencia organizada hacen necesario un estudio como éste, donde se analizan con detenimiento los elementos típicos de estas figuras delictivas con el objetivo claro de facilitar su aplicación al intérprete.

Faraldo Cabana,P., Asociaciones ilícitas y organizaciones criminales en el código penal español, Tirant lo Blanch, Valencia, 2012, 463 págs., ISBN: 978-84-9004-920-4

SUMARIO
ABREVIATURAS
ÍNDICE DE LEGISLACIÓN
DETERMINACIONES PREVIAS
I. DELIMITACIÓN DE LOS CONCEPTOS DE ORGANIZACIÓN CRIMINAL, ASOCIACIÓN ILÍCITA Y GRUPO CRIMINAL
1. Determinaciones previas
2. Los conceptos de organización delictiva o criminal
2.1. Introducción
2.2. El concepto de organización delictiva en la normativa internacional y europea
2.3. El concepto de organización criminal en el art. 570 bis CP
2.4. El concepto de organización delictiva en los tipos agravados
3. El concepto de asociación ilícita en los arts. 515 y ss. CP
3.1. Introducción
3.2. Coincidencia entre los conceptos de asociación ilícita y organización criminal
4. Hacia una figura intermedia entre la codelincuencia y la organización criminal: el concepto de grupo criminal
4.1. Introducción
4.2. Los conceptos de banda o grupo de delincuentes antes de la reforma de 2010
4.3. El concepto de grupo criminal en el art. 570 ter CP
5. ¿Un partido político puede ser considerado asociación ilícita u organización criminal?
II. CLASES DE ASOCIACIONES ILÍCITAS Y ORGANIZACIONES O GRUPOS CRIMINALES
1. Determinaciones previas
2. Clases de asociaciones ilícitas
2.1. Introducción
2.2. Asociaciones para delinquir (art. 515.1 y 5 CP)
a) Asociaciones para cometer o promover la comisión de delitos o faltas
b) Asociaciones que promuevan la discriminación, el odio o la violencia contra personas o asociaciones por razón de su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros o de alguno de ellos a una etnia, raza o nación, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía, o inciten a ello
c) Derogación del núm. 2 del art. 515 CP: bandas armadas, organizaciones o grupos terroristas
d) Derogación del núm. 6 delart. 515 CP: asociaciones que promuevan el tráfico ilegal de personas
2.2. Asociaciones que empleen medios violentos o de alteración o control de la personalidad (art. 515.3 CP)
2.3. Organizaciones paramilitares (art. 515.4 CP)
3. Clases de organizaciones y grupos criminales
3.1. Organizaciones y grupos criminales para cometer delitos o faltas
3.2. Tipificación expresa de las organizaciones o grupos terroristas (art. 571 CP): la finalidad de subvertir el orden constitucional o alterar gravemente la paz pública como elemento diferenciador respecto de las organizaciones o grupos criminales
III. BIEN JURÍDICO PROTEGIDO
1. Determinaciones previas
2. El correcto ejercicio del derecho de asociación
3. El orden público y/o la seguridad ciudadana o pública
1.1. El orden público
1.2. La seguridad ciudadana o pública
1.3. La seguridad interior del Estado
4. Los bienes jurídicos singulares amenazados por el programa criminal de la asociación
5. Posición adoptada
IV. CONDUCTA TÍPICA
1. Determinaciones previas
2. Conductas típicas en los delitos de asociación ilícita
2.1. Determinaciones previas
2.2. Fundación
2.3. Dirección y presidencia
2.4. Pertenencia o integración activa
2.5. Favorecimiento
3. Conducta típica en los delitos de organización y grupo criminal
3.1. Introducción
3.2. Promoción y constitución
3.3. Organización, coordinación y dirección
3.4. Integración o pertenencia
3.5. Cooperación, colaboración y financiación: las conductas de favorecimiento
V. CAUSAS DE ATENUACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL BASADAS EN LA CONFESIÓN DE LOS HECHOS Y LA COLABORACIÓN CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
1. Determinaciones previas
2. El abandono de la actividad delictiva y la colaboración con la Administración de Justicia en los delitos de tráfico de drogas (art. 376 CP)
3. El abandono de la actividad delictiva y la colaboración con la administración de justicia en los delitos de organización o grupo criminal (art. 570.4 quáter CP)
4. El abandono de la actividad delictiva y la colaboración con la administración de justicia en los delitos de terrorismo (art. 579.4 CP)
5. La atenuante genérica de confesión a las autoridades
VI. ITER CRIMINIS
1. Determinaciones previas
2. Tentativa y consumación
3. Actos preparatorios
VII. FORMAS DE AUTORÍA Y PARTICIPACIÓN
1. Determinaciones previas
2. Diferencias con la codelincuencia
VIII. CUESTIONES CONCURSALES
1. Determinaciones previas
2. Concursos entre los delitos de asociación ilícita y de organización o grupo criminal
3. Concursos entre las diversas clases de asociaciones ilícitas y de organizaciones o grupos criminales
4. Concursos entre los delitos de asociación ilícita o de organización o grupo criminal y los delitos singulares cometidos por los miembros
5. Concursos entre los delitos de asociación ilícita y organización criminal y los delitos que tienen tipos agravados por la pertenencia o dirección de una organización delictiva
6. Concursos entre los delitos de favorecimiento de la actividad de la asociación, organización o grupo y los delitos de encubrimiento
IX. CONCLUSIONES: LA FUNCIÓN DE LOS DELITOS DE ORGANIZACIÓN CRIMINAL EN EL MARCO DE LA LUCHA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
1. Determinaciones previas
2. La imputación individual de un fenómeno colectivo: el injusto de organización o injusto sistémico
3. El derecho penal del enemigo y las nuevas y viejas demandas de seguridad
4. Conclusiones
BIBLIOGRAFÍA